martes, 17 de febrero de 2015

Réquiem por el libro científico

Réquiem por el libro científico en España

            Si no cambian las tornas, me temo que, en no muchos años, pocos serán los investigadores-profesores de universidad que se dediquen a escribir libros –que no sean recopilatorios de textos de diversos autores- sobre temáticas de su especialidad científica. Pienso sobre todo en quienes trabajan en las áreas de ciencias sociales y humanidades, ya que son –o eran- los más proclives a afrontar la escritura de libros.

            En este blog, me he referido en varias ocasiones al sistema de evaluación de la producción científica del profesorado universitario. De acuerdo con la normativa aprobada por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, para obtener una evaluación positiva de un tramo de investigación (o sexenio) es preciso presentar cinco, y solo cinco, publicaciones de impacto. En el campo de Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de la Educación se valoran preferentemente los artículos publicados en “revistas de reconocida valía” (las famosas JCR) –entrecomillo el texto tal y como aparece en el BOE-; en segundo lugar, los publicados en revistas de menor prestigio que las primeras siempre y cuando “ocupen posiciones relevantes” en una serie de listados de calidad y, finalmente –y esto es lo que aquí nos trae-, “los libros y capítulos de libros, en cuya evaluación se tendrá en cuenta el número de citas recibidas; el prestigio de la editorial; los editores; la colección en la que se publica la obra; las reseñas en las revistas científicas especializadas, y las traducciones de la propia obra a otras lenguas”.

Para obtener una evaluación positiva “al menos una de las aportaciones debe ser un libro de difusión o referencia internacional que cumpla los criterios señalados anteriormente; o bien al menos dos de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas que cumplan los criterios del apartado 3.a) [las JCR]; o bien al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas que cumplan los criterios del apartado 3.b)” [las revistas de menor categoría que las JCR].
           
A la luz de estas condiciones, la apuesta menos arriesgada para la consecución de un sexenio es la de la publicación de artículos. En el caso de estos, se sabe de antemano cuáles son las revistas JCR o las que ocupan “posiciones relevantes” en las que publicar. Sin embargo, no está del todo claro cuáles sean las editoriales de prestigio que puntuarían para un sexenio.
           
La normativa establece para libros –y capítulos de libros- los criterios citados más arriba. Veámoslos uno a uno. El primero es el número de citas recibidas. Aquí ganan de calle las revistas, ya que casi todas desean para sí la máxima visibilidad lo que implica su acceso gratuito en Internet –hablo de las españolas- y, en consecuencia, sus artículos son mucho más susceptibles de ser citados que un libro (cuya lectura, generalmente, implica comprarlo o pedirlo en préstamo en una biblioteca).
           
El segundo criterio es el prestigio de la editorial. Una editorial puede ser una simple oficina que de vez en cuando publica un libro, así que no queda más remedio que separar el grano de la paja. No está muy claro cuáles sean las editoriales de prestigio. Como orientación, puede servir el listado elaborado por el CSIC, si no me equivoco, a partir de encuestas a los profesores universitarios que hayan tenido a bien responderlas. A diferencia de lo que ocurre con las revistas de renombre, la mayor parte de las editoriales no cuentan con un sistema de evaluación ciega por pares (dos investigadores, sin contacto entre sí, que evalúan un texto cuyo autor desconocen). Esto significa que pudiera ocurrir que un libro se publicara más por razones empresariales que por motivos científicos. También sucede que una editorial de nueva creación tardará años en subir puestos en el listado del CSIC y eso si es que no desaparece. Esto igualmente sucede con las revistas –tardan años en ocupar posiciones de prestigio- pero tienen más capacidad para perdurar, ya que detrás de ellas puede estar alguna facultad o alguna organización científica.
          
El tercer elemento se refiere a la participación en libros y no a libros en sí y hace referencia a sus editores –a no confundir con la editorial-, es decir, los investigadores que se encargan de la coordinación de una obra colectiva, de manera que el prestigio de aquellos avalaría la calidad de los textos que recopila el libro. En el caso de los libros recopilatorios se estaría en una situación muy próxima a la de las revistas científicas: un artículo por investigador –o grupo de investigadores- y una evaluación –que no es ciega- por pares.
          
El cuarto criterio –la colección de una editorial en la que se publica la obra- es muy parecido al segundo, con el añadido de que hay que diferenciar las distintas calidades científicas de los colecciones de una misma editorial. Aquí, que yo sepa, no disponemos de un sublistado por parte del CSIC.
          
El quinto –las reseñas en revistas científicas- es quizás el más complicado. Las reseñas no tienen ningún valor a la hora de alegar méritos científicos por parte de quienes las hacen. Esto es lo que decía Julio Carabaña, quien hasta hace poco dirigía la Revista Española de Sociología:

Me habría gustado mejorar la sección de reseñas, y ampliarla a los informes y encuestas que tanta resonancia adquieren en la opinión pública. Pero siempre ha sido difícil encontrar autores de reseñas, y mucho más ahora que se las ha dejado fuera de la lista de méritos oficiales.

El sexto elemento, la traducción del libro a otros idiomas (¿del gallego al castellano?, por ejemplo) es un criterio –loable, sin duda- que muy pocos libros pueden cumplir y menos aún en el plazo de los seis años de un tramo de investigación –salvo que el libro en cuestión se publique justo cuando su autor empieza a contabilizar un nuevo sexenio-.

Añado un apunte fundamental. Un libro es una sola publicación y el sexenio exige cinco en total. Con la normativa en la mano las cuatro publicaciones que acompañaran al libro podrían serlo en revistas de tercera categoría (las que no son ni JCR ni ocupan “posiciones relevantes”). Pienso en mi caso: de los libros que he publicado, el de menor tamaño tiene 127 páginas (cinco capítulos y una introducción). Si, en lugar de publicar el libro, hubiera convertido sus capítulos en artículos de revista estaría más cerca del sexenio que con la mera publicación de aquel. Es verdad que, en ocasiones, un libro puede incorporar artículos publicados –habitualmente reelaborados- anteriormente. Quiero con esto decir que pudiera suceder que el esfuerzo exigido para escribir un libro no sea muy superior al de elaborar un artículo.

            En definitiva, me parece muy complicada la evaluación de los libros y habría que repensar el modo de hacerlo de manera que no se desincentive su publicación. Lo que me temo es que, con este marco normativo, muy poca gente se arriesgue a publicar monografías, y esto sería una terrible pérdida. Quizás habría que flexibilizar el marco temporal de manera que, en el caso de los libros, se concediera un plazo de hasta siete u ocho años posteriores a su publicación para ser incluido en un sexenio. Si hiciéramos una analogía con el mundo de la música, nuestro sistema parecería estar optando por la publicación de singles en detrimento del álbum. Si la música hubiera funcionado así, no existirían discos como Abbey Road o The Dark Side of the Moon (aunque posiblemente esto es lo que esté ocurriendo hoy en día en la industria musical).


            Y concluyo con una información adicional. Todo esto de la evaluación de investigaciones –y de currículos para ascender en la carrera profesional- ha dado lugar a toda una industria de la evaluación y de las reclamaciones a la evaluación. Basta con navegar por Internet para encontrarse con numerosas páginas especializadas en la materia y con empresas saturadas que ya no admiten más solicitudes.

3 comentarios:

  1. Totalmente de acuerdo. Excelente exposición. Tal como está crea una "casta" difícil de penetrar que crea estamentos de poder y concentración de poder.

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