martes, 3 de febrero de 2015

La cuadratura del círculo: FP de calidad con alumnado de baja calidad

La cuadratura del círculo: FP de calidad con alumnado de baja calidad.
Una fantasía más del ministro Wert.

                El actual ministro de Educación está convencido de que el modelo de Formación Profesional propuesto desde la LOMCE va a ser la clave de la mejora de nuestro sistema educativo. Los objetivos principales de este modelo serían dos: elevar nuestros resultados en informes internacionales como el PISA (lo que con esta ley no sucederá) y reducir la tasa de abandono escolar temprano (lo que probablemente ocurra).

                Tal y como está configurada la LOMCE, tanto la Formación Profesional Básica –una de las novedades de esta ley- como la de nivel intermedio (los Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio –CFGM-) van a escolarizar al alumnado con menor rendimiento académico. Veamos primero qué ocurre con la Formación Profesional Básica. Estas son, de acuerdo con el artículo 41, las condiciones –simultáneas- para el acceso a este nivel:
a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso.
b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
c) Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica, de conformidad con lo indicado en el artículo 30.

A su vez, el artículo 30, en una redacción un tanto circular, viene a decir lo mismo que la condición “c”:

El equipo docente podrá proponer a los padres, madres o tutores legales, en su caso a través del consejo orientador, la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 41.1 de esta Ley Orgánica.

La ley no especifica los requisitos académicos que habría de cumplir quien fuere enviado a la Formación Profesional Básica. Perfectamente podría tratarse de un alumno que no ha repetido ningún curso, a cuyos padres el equipo docente o el consejo orientador le podrían proponer que su hijo, el cual cumple quince años el año natural en que termina tercero de ESO, se fuese a la Formación Profesional Básica. Nada se sabe de si se trataría de un alumno con dificultades de aprendizaje o de alguien que tuviera especial talento –eso sí, de nivel básico- para la peluquería o la mecánica de coches.  En todo caso, es de suponer que de mediar el mensaje de que el alumno no va a aprobar cuarto, posiblemente terminará por cursar la Formación Profesional Básica. No obstante, si los padres no quedaran convencidos por lo que pudieran decirles el equipo docente o el consejo orientador podrían optar por la temeraria posibilidad de empecinarse en que su hijo fuera a cuarto de la ESO y, si el resultado fuera negativo, siempre les quedaría la triste alternativa de acogerse al consejo del centro escolar y terminar en la Formación Profesional Básica.

                Lo más probable es que a esta nueva Formación Profesional afluya el alumnado que haya repetido al menos un curso el cual, a su vez, muy posiblemente proceda de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento, a los que se llega a propuesta del equipo directivo. Estos programas están concebidos para “aquellos alumnos y alumnas que hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado primero de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones de promocionar al segundo curso, o que una vez cursado este no estén en condiciones de promocionar al tercero. El programa se desarrollará a lo largo de los cursos segundo y tercero en el primer supuesto, o sólo en tercer curso en el segundo supuesto” (artículo 27.2).

                Por tanto, desde segundo de la ESO, y para quienes cumplan catorce años en el año natural, se crea un itinerario con el estudiantado menos académico. Todo apunta a que, cuando lleguen a tercero, la mayoría será enviada a la Formación Profesional Básica (es lo que tiene la profecía que se cumple a sí misma con la creación de itinerarios).

                La tercera cantera para esta nueva Formación Profesional Básica sería la constituida por buena parte de quienes no obtengan el Certificado de la ESO, bien porque no aprueban su cuarto curso o porque, aun habiéndolo aprobado –incluso con hasta dos asignaturas suspensas-, no tienen éxito en la prueba externa imprescindible para titular en la ESO. Es verdad que este alumnado tiene la posibilidad de presentarse a ulteriores convocatorias (dos por año) con lo que, inevitablemente, perderían un año. Esto es lo que se prevé (artículo 31.5) para quienes queden en esta situación: 

Las Administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos alumnos y alumnas que habiéndose presentado a la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria no la hayan superado.

                Lo sensato para cualquier estudiante sería presentarse, cosa que permite la ley, a los dos tipos de evaluación final de la ESO: la de enseñanzas aplicadas (para acceder a los CFGM) y la de enseñanzas académicas (para pasar al Bachillerato). Es de suponer que aprobar el primer tipo de evaluación sea más fácil que el segundo. Si a un estudiante le fuera mal en el Bachillerato, siempre tendría la opción de continuar por la vía de la enseñanza profesional de grado medio. 

                Con estos mimbres, resulta imprudente creer que los resultados obtenidos en PISA –los cuales evalúan a alumnos de entre quince años y tres meses, y dieciséis años y dos meses, con independencia del curso en el que estén[1]- vayan a mejorar. Es de esperar que los resultados de quienes con esta edad están en el curso correspondiente sean los mismos que los obtenidos hasta ahora –no hay nada que induzca a pensar que mejorarán-. Sin embargo, los de los que han ido a parar a los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento serían iguales o peores de los que actualmente obtienen quienes, teniendo quince años, están en un curso inferior al que corresponde a su edad. Estos programas van a ser un claro itinerario estigmatizador del que, ateniéndonos a lo que la evidencia científica aporta sobre la agrupación por niveles, no cabe esperar la tal mejora del rendimiento que da título a estos programas.

                Por otro lado, se anticipa al tercer curso la posibilidad de elegir dos tipos de matemáticas: las orientadas hacia las enseñanzas académicas y las que lo están hacia las enseñanzas aplicadas.[2] Se trata de un mero eufemismo que oculta una enseñanza de matemáticas de muy distinta calidad (simplificando, para “torpes” y para “listos”). Dado que una de las competencias que evalúa PISA es la matemática, parece difícil esperar aquí mejora alguna.

                Con esta ley, sin embargo, es altamente probable que disminuya nuestra tasa de abandono escolar temprano (el porcentaje de personas de 18 a 24 años que no ha completado la educación secundaria superior: Bachillerato o CFGM). Pese a que a la legislación que teníamos hasta ahora (básicamente la LOGSE) pretendía la inclusividad educativa, en la práctica ha sido lo contrario. Si un alumno deseaba seguir progresando en nuestro sistema educativo tenía que aprobar la ESO (tanto si quería estudiar los CFGM como el Bachillerato). Posiblemente quienes diseñaron la LOGSE albergaban la idea de que la práctica totalidad del alumnado obtendría el título de la ESO –en los países de nuestro entorno lo habitual es el éxito generalizado en la secundaria inferior-. Sin embargo, la realidad dista de haber sido así (tenemos una tasa bruta de no obtención del título de la ESO superior al 25% y más del 40% del alumnado de 15 años ha repetido al menos un curso).  

                Con la LOMCE será posible acceder a los CFGM sin haber obtenido el título de la ESO. Basta para ello con cursar la Formación Profesional Básica (aunque hay otras vías que no exigen la ESO para alumnos de edad superior a los diecisiete años). Justamente esto es lo que quiso evitar la LOGSE. La experiencia anterior (la de la Ley General de Educación de 1970) había mostrado la degradación de la Formación Profesional –la de primer grado- al convertirla en una vía para quienes no obtenían el graduado de EGB (Educación General Básica). Con la LOMCE damos un paso hacia atrás: se tira la toalla en la lucha por el éxito escolar para todos, llevando a quienes tienen menor rendimiento a la Formación Profesional Básica y de ahí –es de esperar- a los CFGM (que es un nivel de educación secundaria superior).

                Por otro lado, los CFGM se nutrirán de quienes ya desde cuarto hayan cursado la opción de enseñanzas aplicadas –los cuales, a su vez, muy probablemente habrán elegido en tercero las matemáticas menos exigentes- y aprueben la evaluación externa por la rama aplicada. A este colectivo muy probablemente se añadan quienes habiendo cursado las enseñanzas académicas suspendan en la evaluación externa de enseñanzas académicas pero aprueben la de aplicadas (los estudiantes, como vimos más arriba, se pueden presentar a las dos pruebas).

                Queda una última gran cantera, y son los estudiantes que hayan aprobado todas las materias de Bachillerato y que no consiguen el título por no haber aprobado la prueba externa correspondiente a este nivel (también podrían acceder a los CFGM quienes cuenten con el título de bachiller, aunque lo esperable es que cursen los Ciclos Formativos de Grado Superior –CFGS-).
               
En definitiva, y burla burlando, la LOMCE configura unos CFGM a los que acudirán los mismos peores  estudiantes –en términos relativos- que hasta ahora, a los que se añadirán buena parte de los que, con la anterior legislación, hubieran abandonado el sistema educativo tempranamente. Y, por desgracia, se consagra algo que ya intentó el PSOE en los últimos meses del zapaterismo: la conversión de cuarto de la ESO en un curso propedéutico (orientado hacia lo profesional o lo académico) en lugar de uno terminal (que es lo que planteaba la LOGSE): es el PPSOE de la educación (aunque, y ya es difícil, el PP lo hace peor).




[1] Un alumno que no haya repetido ningún curso empieza cuarto de la ESO el año en el que cumple quince años y lo termina el año en el que cumple dieciséis.
[2] En Cataluña no habrá tal distinción. A modo de mera curiosidad, aquí se puede leer un estúpido artículo contra las Matemáticas en un diario de referencia como es El Mundo. Si hiciéramos caso de lo que en él se dice, toda esta disquisición sobre tipos de matemáticas estaría fuera de lugar. 

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